Falsa denuncia del Gremio Petrolero por agresion

Una filmacion dejo al descubierto una falsa denuncia realizada por la actual conduccion del gremio Petrolero.

Todo se inicio cuando desde el Sindicato de Petroleros Privados de Tierra del Fuego se denuncio que en la sede del mismo ubicada en Ameghino 867 de Rio Grande se había hecho presente, un afiliado al gremio opositor a la actual conducción a retirar un estatuto y que junto a un grupo de personas habían golpeados a integrantes de la actual conducción entre ellos al dirigente Gerardo Ovejero el cual presentaba fractura del tabique nasal y una fisura de muñeca, en tanto que el Secretario de Prensa de Petroleros, René Vergara presentaba lesiones de carácter leves, los cual realizaron la pertinente denuncia por lesiones.

Pero un pequeño detalle que pareciera que no tuvieron en cuenta desde la actual conducción del gremio es que en el sector hay cámaras de videovigilancias que tomaron imágenes de los hechos en el que muestran a un grupo de personas desde el interior del gremio agrediendo a dos trabajadores que se retiraban del lugar. “Las imágenes contrastan con el relato de los denunciantes”, dice el informe elaborado por la policía y elevado a la Justicia.

Recordemos que el pasado 2 de agosto pasado, Roberto Tobares fue a la sede de Petroleros Privados, citado mediante Carta Documento, ante el pedido de entrega del Estatuto de la entidad sindical; sin embargo, Tobares no fue atendido ese día, y se le pidió desde el sindicato que fuera nuevamente el miércoles 3 de agosto. Ese día, Tobares fue al sindicato acompañado por Víctor Rivero, y en ese momento es que cuando premeditadamente le habrian tendido una trampa, ambos terminaron denunciados en la policía por la conducción de Luis Sosa, por supuestas agresiones a dirigentes de dicha institución (ver).

Sin embargo ahora mediante el informe policial se conocieron detalles de las actuaciones donde las principales pruebas refieren a imágenes capturadas desde las cámaras de seguridad ubicadas en inmediaciones de la sede sindical, sobre la calle Ameghino.

Las actuaciones refieren al Sumario de Prevención Policial Nº 551/16-Cría. 1ra R.G. “J”, caratulado Comisaría Primera s/Intervención que se instruye en la Comisaría, con intervención de Juzgado de Instrucción Nº 2 del Distrito Judicial Norte, a cargo del Dr. Andrés Leonelli; donde a Fojas 42 se da cuenta de material aportado por la División Comunicaciones sobre imágenes de interés surgidas del sistema de video vigilancia urbana.

En Fojas 43 se detalla: “1) Que los imputados efectivamente aparecen en la escena de los hechos y la retirarse lo hacen en un rodado RENAULT, modelo KANGOO, color GRIS OSCURO, sin poder observarse el dominio en razón de la escasa calidad de la filmación.

2) Que conforme se puede observar a través de la filmación, los presuntos agresores, son solo Dos (2) personas, en tanto que los presuntos damnificados y/o víctimas se encuentran acompañados por un total aproximado de entre Ocho (8) y Diez (10) masculinos.

3) Que a juzgar por las vestimentas y características físicas podemos deducir que quien conduce el rodado RENAULT KANGOO era el ciudadano Víctor Gabriel Rivero, DNI Nº 28.048.166, en tanto quien abordó el rodado por el lado del acompañante fue el ciudadano Roberto Antonio Tobares, DNI Nº 18.408.006.

4) Que la retirarse Víctor Hugo Rivero y Roberto Antonio Tobares, se observa que este último (Tobares), hace ademanes con su mano derecha indicando la posición del grupo de entre ocho a diez masculinos que están en la vereda frente al sindicato de petróleo y gas y privado.

5) Que luego de ello, ambos se retiran en el utilitario RENAULT KANGOO por calle Ameghino hacia Belgrano, saliendo así del radio fílmico.

6) Que luego de ello se observa que del sindicato de petróleo y gas y privado, se retiran, inmediatamente ante de arribo de personal policial, un grupo de Cinco (5) masculinos, como intentando evadir la presencia del personal policial, siendo estos integrantes de grupo de mayor número y que se encontraban enfrentando a los dos imputados.

7) Con respecto a ello, se debe mencionar que estas imágenes contrastan en gran parte con el relato de los denunciantes, ya que en ningún momento mencionaron en sus respectivas denuncias, que ellos se encontraban junto o integrando un grupo numeroso de personas, como se puede observar en estas imágenes, donde al menos se puede precisar que serían entre ocho y diez masculinos”.

El informe, que tiene la firma del “Inspector Cristian D. SEPÚLVEDA”, demuestra claramente que los denunciantes (miembros de la conducción del sindicato que lidera Luis Sosa), habrían mentido al exponer en sede policial, denunciando a Tobares y Rivero por agresión; cuando en realidad, estos últimos fueron los agredidos por ese grupo que determina la policía a través de las imágenes de video vigilancia.

COMENTARIOS

BLOGGER: 7
  1. El gremio guardaespalda de Rosana patetico como ella. Vergara sali a decir que es culpa de Macri ahora

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  2. Encima lo quieren echar a Tobares mediante una asamblea que hacen el miercoles en la cual no puede asistir a defenderse.. buenos representantes de los trabajadores estos energumenos..

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  3. chau negro sosa. anda a terminar la primaria y después la secundaria. negro impresentable,
    todos los gremios manejados por negros analfabetos, cabezas, que dan asco. nunca un universitario, en la conducción. y bueno así estamos.

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  4. estas hasta las manos sosa

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  5. Supongo que algún fiscal o juez ya esta " trabajando" e IMPUTANDO, a estos individuos, que realizaron una falsa denuncia.

    ARTICULO 245 DEL CÓDIGO PENAL

    Se impondrá prisión de dos meses a un año o multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos al que denunciare falsamente un delito ante la autoridad.

    ARTICULO 109

    La calumnia o falsa imputación a una persona física determinada de la comisión de un delito concreto y circunstanciado que dé lugar a la acción pública, será reprimida con multa de pesos tres mil ($ 3.000.-) a pesos treinta mil ($ 30.000.-). En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas.

    ARTICULO 110 DEL CÓDIGO PENAL

    El que intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física determinada será reprimido con multa de pesos mil quinientos ($ 1.500.-) a pesos veinte mil ($ 20.000.-). En ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público.

    prepara el orto sosa, ya te vas a dar cuenta porque

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  6. CAGONES TRAIDORES Y ENCIMA COBRARON...DÉJATE DE JODER!!!

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Cronicas Fueguinas: Falsa denuncia del Gremio Petrolero por agresion
Falsa denuncia del Gremio Petrolero por agresion
Una filmacion dejo al descubierto una falsa denuncia realizada por la actual conduccion del gremio Petrolero.
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