El vicegobernador Carlos Bassanetti dispuso la publicación en la página de la Legislatura Provincial de la totalidad de las resoluciones d...

A fines del mes pasado el Vicegobernador dispuso, en su carácter de Presidente de la Legislatura, que se publiquen en la página web del Parlamento "la totalidad de las Resoluciones de Presidencia y las que ratifique la Cámara, en forma integral, con sus anexos". La medida pretende dar por finalizada la historia de "secretismo" que rodea desde hace largo tiempo a aquellas resoluciones que autorizaban la disposición de pasajes y viáticos para legisladores y personal político, como así también a aquellas referidas a la designación de personal en planta permanente,
La resolución, dictada el pasado miércoles 26 de diciembre de 2007, determina también la obligatoriedad de publicar, con actualización diaria, "el listado de expedientes que respaldan la disposición de fondos u órdenes de pago". La información deberá también individualizar al legislador o autoridad de cámara que solicitó o promovió la contratación del servicio o adquisición de bien, como así también de la persona física o jurídica beneficiaria del libramiento. Además deberá contener una sumaria descripción que permita conocer el objeto del gasto y precisar el monto involucrado.
Específicamente en lo relativo a la contratación y pago de asesoramiento técnico, establece como requisito que se deba precisar "la asistencia profesional o experta del objeto de la contratación promovida", y que tengan que presentarse "en forma escrita" y por triplicado "el asesoramiento o asistencia técnica contratada" suscripta por el autor. Uno de los ejemplares deberá incorporarse a la tramitación administrativa "como requisito para el libramiento" de pago respectivo, y otro será archivado en la Biblioteca del Parlamento para su consulta pública. De esta última disposición podrán exceptuarse aquellos asesoramientos a los que se le hubiere asignado "carácter reservado".
Por otra parte, se plantea la posibilidad de que el personal político que perciba el denominado "desarraigo" pueda no percibir ese beneficio compensatorio. Para ello, el legislador o autoridad de cámara del que dependa el colaborador deberá indicar por nota a la Secretaría Administrativa que en determinado período a liquidar no se "han verificado los presupuestos" exigidos para acceder al pago de la mencionada asignación.
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