El alcance que tendrá el impuesto de Sellos y las actividades sobre las que se aplican, cómo será el tributo a las operaciones comerciales q...

Con la nueva ley de Sellos el gobierno del ARI busca gravar todas las operaciones comerciales que se celebren dentro de la provincia y aquellas que se concreten con una de las partes radicadas en la jurisdicción.
El gravamen se aplicará también sobre operaciones bancarias -incluidas tarjetas de crédito y de compra-, aún cuando se trate de una sucursal o agencia bancaria.
Los contratos y operaciones comerciales que se celebren fuera de la provincia, ya sea dentro del país como en el exterior, también deberán tributar, cuando del texto del contrato se desprenda que surgen efectos en la misma.
Por cada contrato que se celebre se deberá tributar el 10 por mil del monto por el cual se realiza la negociación. Esto significa que si se pacta un negocio de 2 millones de pesos a las arcas provinciales deberán ingresar 20 mil pesos en concepto de Sellos.
En caso que el negocio se concrete en moneda extranjera, el monto sobre el cual se aplicará el impuesto debe ser el más beneficioso para la provincia, ya sea del acuerdo entre las partes sobre el tipo de cambio a aplicar, o lo que establezca el Banco Nación en esa materia.
En cuanto al gravamen a las operaciones bancarias, se incluyen los créditos formalizados a través de tarjetas de crédito o de compras, tomando como base imponible las liquidaciones periódicas que las entidades emisoras produzcan.
Cabe indicar que el impuesto lo deberá pagar el contribuyente, aún cuando los actos, contratos u operaciones se hayan declarado no gravados o exentos por la ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de la provincia del lugar de su otorgamiento.
Operaciones inmobiliarias
Para las operaciones referidas a compra venta de inmuebles, se aplicará el 30 por mil sobre el monto pactado, el cual se reducirá al 15 por mil, en el caso que sea destinado a vivienda, única, familiar y de ocupación permanente. En este último caso se pondrá una cifra límite que de ser superada, deberá pasar a tributar el primer coeficiente mencionado.
En este capítulo están exentos del pago de impuestos los boletos y escrituras de compraventa de viviendas del IPV, construidas mediante planes oficiales.
En el caso de las transferencias de automóviles, la alícuota a tributar es del 20 por mil sobre el valor del automotor establecido por la Dirección General de Rentas, en base a informes que actualice la AFIP, la Caja de Ahorro u otras entidades representativas del sector.
LOS CASOS
Se pagará Impuesto de Sellos en todos los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso:
-Que fuesen celebrados en el territorio de la Provincia; en instrumento público o privado.
-Que fuesen formalizados por correspondencia o entre ausentes en el territorio de la Provincia; y
-Sobre las operaciones monetarias efectuadas por entidades financieras regidas por la Ley de Entidades Financieras y sus modificatorias, con asiento en la Provincia, aunque se trate de sucursales o agencias de una entidad con domicilio fuera de ella.
GRAVAMEN TRANSACCIONES BANCARIAS
Las operaciones monetarias que se realicen en entidades bancarias y que devenguen intereses, deberán tributar el 30 por mil anual alícuota que se aplicará sobre la liquidación de estos últimos.
Las siguientes son las transacciones alcanzadas y el gravamen que se aplicará:
-12 por mil en los adelantos en cuentas corrientes y y créditos en descubierto cuando devenguen interés.
-12 por mil en depósitos que devenguen interés, excepto depósito en Caja de Ahorro, cuentas especiales de ahorro y Plazo Fijo.
En estos casos se exime del pago del impuesto a los depósitos de caja de ahorro y cuentas especiales de ahorro, los préstamos documentados en vales, billetes, pagarés, contratos de mutuo o reconocimiento de deuda y obligaciones de dar sumas de dinero; entre otras.
También quedarán exentas del pago del impuesto aquellas líneas crediticias que estén destinadas, en forma exclusiva y específica, al financiamiento de actividades productivas de los sectores agropecuario, industrial, minero o de la construcción.
y al final todas las ideas a lo unico que apuntan es al consumidor final es decir los trabajadores ya que el aumento en las alicuotas de ingresos brutos y el impuesto de sellos lo terminamos pagando los consumidores finales por que no ven como bajar los costos que tampoco en ninguna ciencia cuanto pagan los insumos para computacion o los insumos de libreria, y con el combustible por que no hacen ir a todos los empleados que tiene cada area se daran cuenta que no entran en los espacios fisicos es decir se pagan sueldos al ped....... pero no la unica idea que tienen es aumentar impuestos que genios que son que gran equipo economico que eligio nuestra gobernadora
ResponderBorrarDe ser cierta esta información estos impuestos serían manifiestamente inconstitucionales. Tanto por el objeto, como por la suplantación de tributos nacionales. Se trataría de una especie de IVA encubierto con el agravante de que es mucho mas gravoso porque se aplica sobre el monto bruto de la operación sin poderse deducir el costo de la misma, como ocurre con el IVA, que se paga sobre la diferencia entre el costo y la venta.
ResponderBorrarAhora, un comentario cruel: Como se vé que estos genios en su vida tuvieron que ganarse el pan en la calle, y sobre todo, que fácil les resulta usar el poder para sacarle plata a los que producen, cuando ellos mismos estan EXENTOS de estos tributos, o los pagan cada muerte de obispo.
Una última reflexión: Cuidado con permitir este camino, porque una vez instalados no hay regreso y toda la economia de TDF cambiaria radicalmente.
Un esquema tributario así, justifica que el Congreso Nacional o el PEN derogue sin mas miramientos la ley 19640.
Porque, ¿si los políticos locales van a imponer a la población residente una carga tributaria que la Nación declaró exenta, para qué privarse de ella, si estan dispuestos a tolerarla?
¿Porque el resto de los argentinos deberían subsidiar a los empleados públicos fueguinos y sus políticos locales? Si pueden tributar, que aporten a la caja nacional como todo el mundo! ¿verdad?.
Es una barbaridad!! Significa que cualquier operación debe pagar entre el 1 al 3% del monto bruto de la misma. Eso quiere decir entre el 10 y el 30% de la renta neta obtenida, dependiendo del tipo de operación. Es peor que pagar los impuestos nacionales que estamos exentos, IVA.
ResponderBorrarEstos tipos están del marote o quieren destruir el régimen de exención tributaria de tierra del fuego!!!
Quien los mandó? Que manga de ignorantes e incapaces!!!
Se creen que la plata sale de los cajeros automaticos mediante un acto mágico. No tienen idea de lo que es producir y ganarse el mango!!
Me parece que si insisten con esto la paz social se va al carajo definitivamente
Dios nos ayude....
Los del ARI, precursores de este populismo de mierda que fundio la provincia, no van a tomar medidas antipopulares como seria despedir a los 5mil pelotudos que tomo Colazzo y Coccaro y que se estan rescando el higo todos los dias. Antes que ello, todos los boludos del sector privado y los que podemos pagar impuestos, tambien vamos a pagar los resultados de la gran fiesta...asi cualquiera gobierna, yo tambien me postulo a gobernador....
ResponderBorrarLa eximición del impuesto a la Ley de Sellos no está previsto por la 19.640? Se modificará esa Ley? La verdad es que hasta podrían derogarla, ya que la gente del ARI no está de acuerdo con las excepciones a las empresas e industrias, y de paso frenamos un poco la invasión de estas tierras.
ResponderBorrarNo se quejen todos los de este blog son ARI
ResponderBorrarEstos NABOS del Ari que carajo se creen,que vamos a subsidiarlos pagando mas impuestos,de aca,sigan jodiendo y se les va a prender fuego la isla,comenzando por las casa de las autoridades y luego la de los politicos.Estos inutiles se sacaron la loteria ganando la gobernación,pero se olvidan una cosa muy importante,muchos que obtuvieron esa suerte,terminaron arruinados.Mas vale que sopesen lo que van hacer INUTILES DE MIERDA.Juan sin pueblo
ResponderBorrarestimados que problema, con esta presion fiscal que pretenden someter al pueblo fueguino, estan declarando la muerte de la 19640 y chau tierra del fuego, pregunto este sideris no sera un ingles encubierto difrazado de aribista con fuertes lazos con la hermana republica de chile?, averiguen......
ResponderBorrarComo se nota que los mismos comentarios vienen del mismo despacho de Uno de los pIbes chorros, casualmente han sido los mismos argumentos y variables escuchado de boca de estos d
ResponderBorraradalides del desastre fueguino.
Ni Impuestazo ni Preción tributaria. Esto se llama: JUSTICIA TRIBUTARIA...!! Para que paguen más, quienes más tienen o pueden. Particularmente quienes exploten recursos NO renovables.
Aaahora quedó al descubierto la trama mafiosa que encubrio a los privilegiados estos últimos 15 años, y empiezan a llorar por los rincones para que no les toquen el Bolsillo...!!! Que lacras sociales son, y sus lacayos funcionarios también....
Eficiencia
ResponderBorrarAusteridad
Ahorro
esta gente, lo mismo que los gobiernos anteriores, no conoce estas palabras, palabras que si conocen todos aquellos que tienen algun tipo de actividad privada, desde el empleado publico que tiene sus pequeños y medianos emprendimientos, el kisoquero y los grandes comerciantes y empresarios.
Cuando estos impuestos desaten una suba expectacular en el costo de vida, obviamente, los gremios van a pedir mas aumentos y es una espiral sin fin.
Amen de que yo no voy a tributar y le voy a hacer una demanda a este gobierno y por ende al estado, lo que vamos a terminar pagando todos.
No voy a pagar algo que se superponga con las leyes tributarias nacionales o sea anti constitucional.
Y por supuesto, va a haber un nuevo negocio en la provincia, que es "como evadir", y cada vez nos vamos a entrenar para ser evasores con tal de no pagar la fiesta megapayasesca de los estatales provinciales.
Me suena eso de "evadir" menem lo hizo , el principal representante fue nuestro juez de la Nacion ( puesto peraca) ZAFARONI ( le hace honor al apellido) que zafaba de los impuesto y asi lo hacín todos los grandes empresarios de la epoca del innombrable , despues se enojaron y...muuuucho cuando D. La Rua los denuncio en el diario Clarin con nombre y apellido .Encabezado por (já) Tinelli, Valeria Maza...etc , etc.
ResponderBorrarLos beneficiados del "Gran Estado Fueguino" no son sólo los empleados públicos, sino también los comerciantes e industriales que así tienen asegurado poder de compra de miles de personas en una economía básicamente cerrada como la nuestra.Es totalmente lógico entonces, que contribuyan con la insignificante presión tributaria que significa Ingresos Brutos o Sellos, o los márgenes de ganancia que manejan no se los permite?? Acaso proponen como solución seguir endeudando a la Provincia como se ha hecho hasta ahora?. Es necesario ponerse los pantalones largos también en cuanto al financiamiento del Estado que supimos darnos.
ResponderBorrarPerseguir a los evasores.
ResponderBorrar1ra medida.
Tope al sueldo de la gobernadora
2da medida
Esperar 4 a 6 meses y ver