(Click para Ampliar) El Ministerio de Trabajo de la Provincia multó con 15 mil pesos al Concejo Deliberante por las ausencias del ex presid...
El Ministerio de Trabajo de la Provincia multó con 15 mil pesos al Concejo Deliberante por las ausencias del ex presidente del Parlamento Municipal Luis "Lolo" Cárdenas (PFF) a las audiencias fijadas en ese ámbito ante las denuncias presentadas por los sindicatos sobre presuntas violaciones de los acuerdos paritarios.
El valor original de la multa es de 15 mil pesos, sin embargo por una nueva ausencia de Cárdenas a la audiencia del pasado viernes el valor de la sanción se elevará a 30 mil pesos.
La medida disciplinaría fue firmada por el secretario de Trabajo, Walter Luciani, fundándose en el artículo N°15 inciso "b" de la Ley Provincial N°90.
En los considerandos, la resolución de Trabajo recuerda que en las distintas audiencias en el área de Trabajo existieron propuestas para ponerle fin al conflicto sin embargo no se verificó la participación del presidente del Concejo Deliberante en las últimas audiencias convocadas a fin de dar respuesta al requerimiento de ATE, SOEM y APEL.
El expediente iniciado en trabajo está vinculado con una presunta violación de los acuerdo paritarios. Así el Concejo Deliberante deberá depositar el valor de la multa en el Banco Tierra del Fuego en la cuenta del Ministerio de Trabajo en el plazo de 5 días a partir de la notificación.
A partir de la renuncia de Cárdenas a la presidencia, se aguarda que en las próximas horas el nuevo titular del Cuerpo, Juan Luna (FPV), defina qué postura adoptará ante las negociaciones en el ámbito del Ministerio de Trabajo, o si se inclinará por la discusión dentro del Concejo Deliberante, como su antecesor, para darle así participación a los "No agremiados".
La medida disciplinaría fue firmada por el secretario de Trabajo, Walter Luciani, fundándose en el artículo N°15 inciso "b" de la Ley Provincial N°90.
En los considerandos, la resolución de Trabajo recuerda que en las distintas audiencias en el área de Trabajo existieron propuestas para ponerle fin al conflicto sin embargo no se verificó la participación del presidente del Concejo Deliberante en las últimas audiencias convocadas a fin de dar respuesta al requerimiento de ATE, SOEM y APEL.
El expediente iniciado en trabajo está vinculado con una presunta violación de los acuerdo paritarios. Así el Concejo Deliberante deberá depositar el valor de la multa en el Banco Tierra del Fuego en la cuenta del Ministerio de Trabajo en el plazo de 5 días a partir de la notificación.
A partir de la renuncia de Cárdenas a la presidencia, se aguarda que en las próximas horas el nuevo titular del Cuerpo, Juan Luna (FPV), defina qué postura adoptará ante las negociaciones en el ámbito del Ministerio de Trabajo, o si se inclinará por la discusión dentro del Concejo Deliberante, como su antecesor, para darle así participación a los "No agremiados".

la debería pagar el ex presidente del cuerpo.., el ocasiono un perjuicio al con su tozudez "fueguina" y falta de asesoramiento.., y eso que su mama política "chispita" es abogada y ex legisladora.., eso calienta a cualquiera.., y se derrocha asi dinero del pueblo por diferencias entre "chiquilines" concejales ya grandes para jugar a los politicos.., parecen enfermos e idiotas, cuando en realidad deberian junto al intendente y los trabajadores municipales limpiar ushuaia y darle servicios a la gente.
ResponderBorrarHay situaciones que llegan al límite de la ridiculez.
ResponderBorrarY por sobre todo de la ilegalidad.
Si es cierto que hay gente en el concejo deliberante que está realizando medidas de fuerza.
Deberán saber los Concejales y toda la población que para hacer este tipo de medidas se deben cumplir ciertos requisitos ante la patronal y ante el ministerio de Trabajo.
No existe ninguna posibilidad legal de que un grupo de trabajadores realice ninguna medida si no es a través de algún gremio que les de cobertura.
En ese caso la Patronal tiene TODO el derecho de aplicar las sanciones correspondientes.
He aquí la importancia y la responsabilidad de los GREMIOS.
Si alguien se hace el distraído con esto.
Si algún concejal o algún presidente no acciona en este punto, será para no complicar más las cosas.
Porque el derecho de sancionar lo asiste.
Sépanlo todos los kamicase que creen que pueden hacer cualquier bolu-dez sin amparo legal ni gremial.
Constitución Provincial
ResponderBorrarTITULO III
RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS
Responsabilidad
Artículo 188.- Los funcionarios de los tres poderes del Estado Provincial, aun el Interventor Federal, de los entes autárquicos y descentralizados y de las municipalidades y comunas, son personalmente responsables por los daños que resulten de las violaciones a sus deberes y a los derechos que se enuncian en la Constitución Nacional, en la presente y en las leyes y demás normas jurídicas que en su consecuencia se dicten.
El Estado Provincial será responsable por los actos de sus agentes realizados con motivo o en ejercicio de sus funciones y estará obligado a promover acción de repetición contra los que resultaren responsables.
Está bien claro muchachos, si de verdad las cosas cambian para mejorar, hay que demostrarlo......Demostrarlo OK