La provincia resigna cobro millonario a petrolera

Una empresa petrolera Petrolera LF Company SRL dejó de pagar casi cuatro millones de pesos en concepto de canon anual a la provincia, aducie...

Una empresa petrolera Petrolera LF Company SRL dejó de pagar casi cuatro millones de pesos en concepto de canon anual a la provincia, aduciendo que fue autorizada telefónicamente por la subsecretaría de Hidrocarburos a compensar la obligación con mayor inversión.
Sin estar contemplada en un encuadre y haciendo una adhesión tácita del decreto nacional 820/98, el organismo provincial hizo lugar al pedido de compensación presentado en forma extemporáneamente, por el que además se resignaron futuros cánones.

El 30 de enero de 2008, el apoderado de la firma Petrolera LF Company SRL, operadora y co-cesionaria (con la empresa Petrolera TDFF Company SRL) del 50 por ciento de los derechos de exploración y explotación del área Lago Fuego, ubicada en esta provincia; envió una nota al secretario de Hidrocarburos Eduardo D’Andrea a fin de ejercer un derecho a opción para compensar los cánones con unidades de trabajo (inversiones).
La nota señala: “hallándose en ejercicio esa Subsecretaría de las facultades conferidas por la Ley de Hidrocarburos a la autoridad de aplicación, conforme lo dispuesto por ley 26.197, corresponde efectuar la presentación a fin de que 1) la presente constituya suficiente nota de opción en el marco del Decreto 820/98, Resolución de la Secretaría de Energía Nº 588/98 y acta acuerdo, a los efectos de comunicar a esa secretaría que Petrolera (la empresa), no obstante estar exenta de la obligación de restituir conforme lo dispuesto por el artículo 3.2 del Acta Acuerdo, manifiesta su decisión de retener toda la superficie del área a partir del 2008 y hasta el vencimiento de la concesión, dentro del plazo establecido por el art. 2.4 del Acta Acuerdo antes citada”.
En otro punto precisa que al efectuar la opción, corresponde el cálculo de canon de explotación anual, resultando aplicable el 100 por ciento del canon de explotación correspondiente al área, cuyo valor arrojaría un total de $1.841.627,50, resultante de multiplicar 534 kilómetros cuadrados de superficie remanente del área por el monto de $3.444,87.
Asimismo, propone a la subsecretaría la compensación del pago del canon del área a través de la realización de trabajos de exploración, cuyo valor triplica el monto del canon de exploración, según un detalle de obras que comprende: realización de sísmica 3D entre febrero y junio de 2008 que abarcará aproximadamente 500 kilómetros cuadrados y su posterior procesamiento; perforación de pozos; reconocimiento topográfico, incluyendo la perforación de aproximadamente diez mil pozos; inclusión de las mejoras prácticas en el Programa de Trabajo a efectos de minimizar el impacto ambiental; reconocimiento topográfico 3D; reutilización de las antiguas líneas sísmicas que, a diferencia de lo efectuado en el pasado, no requerirá la tala de árboles en el curso del desarrollo del proyecto; etc.
Se agrega que el costo total de la perforación, más el registro con dinamita y el procesamiento posterior, se estima entre 7 y 11.5 millones de dólares, resultando, por lo tanto, su valor muy superior al triple del canon 2008 para dicha área.
A la vez, la empresa se compromete a abonar el triple del canon correspondiente en caso de no realizarse las inversiones referidas durante el presente año; a cuyo efecto se constituirá a favor de la subsecretaría una “garantía de cumplimiento de este compromiso de inversiones a total satisfacción de ustedes”.

Fuera de plazo y fuera de las normas

Lo llamativo del caso es que el pedido y el otorgamiento de compensación de canon no fueron consultado a los representantes de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos, desde donde se hizo saber un absoluto rechazo a que la empresa pudiera obtener este beneficio aun sin darse los presupuestos contemplados en el decreto que regula su concesión.
En primer lugar, la empresa Petrolera LF Company realizó el pedido en enero del corriente año, cuando los plazos para la presentación habían expirado en noviembre del año 2007.
Por otro lado, la simple presentación de la nota no obliga a la secretaría de Hidrocarburos a aceptar la compensación de los cánones, ya que la provincia no está obligada a adherir al decreto nacional 820, que regula la concesión de exploración y explotación para tres áreas bien definidas, y porque, en su carácter de autoridad de aplicación, tiene la facultad de analizar la viabilidad y conveniencia de las compensaciones solicitadas.
Desde la Ofephi vieron esta concesión con gran desconcierto, debido a que mientras el organismo todavía no había fijado su postura institucional respecto de los términos del decreto 820/98, la Subsecretaría de Hidrocarburos de esta provincia se adelantó en emitir dos resoluciones en la que, adhiriendo tácitamente al mencionado decreto, hizo lugar a la compensación del área Lago Fuego, lo que significó que la provincia dejara de percibir casi cuatro millones de pesos en concepto de canon anual.
Fuentes consultadas indicaron que tampoco se solicitó previamente a la Secretaría de Energía de la Nación, como anterior autoridad de aplicación de la ley 17.319, el compromiso de inversión de los distintos concesionarios de explotación a lo largo de la concesión, y el grado de cumplimiento de los mismos, información que nunca fue solicitada.
Contra toda corriente, la Subsecretaría provincial dispuso emitir la resolución Nº 14 (en la que se menciona el área CA 14 en lugar del CA 13), autorizando a “compensar a cuenta” del canon del año 2009 la suma de $3.862.174,10, es decir, eximiendo a la empresa de pagar el canon del año venidero, lo que contradice la norma del decreto al que se hace adhesión tácita, que solamente permite la concesión en caso de que no haya reversión.
Si bien desde la subsecretaría aseguran que nunca se otorgó la autorización para efectuar las compensaciones, la empresa hizo saber que el propio subsecretario la había autorizado telefónicamente, a pesar de que la nota ingresó en forma extemporánea.
Como dato relevante, el texto original del decreto nacional 820/98 solamente permite la compensación a tres tipos de áreas: secundarias, reconvertidas y de YPF SA, en tanto que el área de Lago Fuego se encuentra contemplada dentro de las áreas “particulares”, categoría que fue agregada mediante un anexo.

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  • COMENTARIOS

    BLOGGER: 8
    1. Junto con esto, será verdad que se dieron un aumento de sueldo los chicos de hidrocarburos; alguein sabe algo??

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    2. Y por supuesto la Fiscalìa De Estado se hace la boluda

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    3. si asen una invercion es para beneficio de la empresa el capital no tiene frontera

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    4. Como??? el ari no dice nada ?? si hubiese sido en el gobierno de cocaro seguro era un curro. pñero con los transparentes nadie habla. vamos esto esta junto a la prorroga de las concesiones. gran curro del ari no jodan mas.

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    5. para el del mje. nº 1 si el día 27/05 el subsedcretario firmó la resolución 50 en donde se reparten una cometa de 1438 pesos en unos pocos empledos.........haaa mensuales!!!! complices..: D´Andrea, Luciani y Olivero Chorros, Tranfugas y Coimeros......Y no se piensen que son inspectores de los posos jajaajaaaja no son empleados administrativos que hay que callar...

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    6. El gordito DAndrea...mmm. se volvía loquito por solo depender de la gobernadora, y no precisamente por fines pulcros y limpios...se maneja la torta el gordo... es un coimero maaall,es la gente Honesta jaja del ari!!!

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    7. Me pregunto alguien sabe del curriculum y la preparación del gordo Dandrea???? para tener un cargo tan pero tan importante!!!!
      Y quién lo controla???
      Solo la gobernadora!!!! que no controla ni sus palabras!!!
      el gordo es ingeniero o algo?????

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    8. Se trata de un "error"? Lástima que en este rubro los errores salen carísimo!!!

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