Aprobaron la ley de Emergencia Economica

Aprobaron la ley de Emergencia Economica en la madrugada.

En el Senado aprobaron por 41 votos a favor y 23 en contra, la ley de Emergencia Económica.

La nueva norma le otorga al presidente Alberto Fernández diferentes facultades, por ejemplo para renegociar la deuda pública, actualizar por decreto las jubilaciones, aumentar las retenciones al campo e implementar el “dólar turista”, diagramar un nuevo cuadro tarifario para los servicios públicos, entre otras facultades extraordinarias.

La medida fue sancionada durante una sesión que se extendió hasta la madrugada del sábado y que comenzó poco tiempo después de que Diputados le girara el texto. El mismo había sido aprobado tras un debate de casi 20 horas, en el que el oficialismo aceptó realizarle varios cambios al proyecto original.

Con ese texto en mano se trató la iniciativa en el Senado, en lo que fue la primera sesión conducida por la vicepresidente Cristina Kirchner. El oficialismo logró comenzar el debate gracias a un acuerdo tácito con un sector de la oposición, que bajó al recinto y dio quórum para comenzar el encuentro.

Previamente, en el debate en Diputados, el oficialismo había acordado con la oposición unas modificaciones con respecto al artículo que establece el denominado impuesto al dólar turista, con el objetivo de excluir de este tributo a la compra de pasajes para el transporte internacional, siempre que sea para viajes cortos, a países fronterizos y que se facture en pesos.

En cuanto a las retenciones, uno de los capítulos de la ley que más tensión generó durante el debate en la Cámara baja, el Frente de Todos aceptó agregar un apartado para facultar al Poder Ejecutivo a brindar estímulos a los productores afectados.

En tanto, también se excluyeron del congelamiento de las jubilaciones a los regímenes especiales, por lo que los haberes de los jueces, fiscales y funcionarios de alto rango continuarían siendo actualizados con la fórmula que regía hasta el momento y no por decreto Presidencial, como el resto.

Esta decisión generó polémica y rechazo en una parte de la sociedad, por lo que el presidente Alberto Fernández salió a anunciar por las redes sociales que el Gobierno enviará el lunes otro proyecto para eliminar por ley las jubilaciones de privilegio.

En la primera parte del encuentro, el Senado aprobó temas como la autorización a que Alberto Fernández pueda viajar al exterior, que las Fuerzas Armadas tengan la capacidad de colaborar con sus organizaciones pares de otros países y se le dio media sanción a un proyecto de consenso fiscal enviado por el Poder Ejecutivo.

La denominada ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva se sancionó ya entrada la madrugada del sábado, aunque, tal como se esperaba, su tratamiento en esta Cámara duró mucho menos que en Diputados. Por un lado, porque eran menos oradores y, por otro, porque ya había más consenso en torno a la iniciativa.

De esta manera, la administración de Alberto Fernández contará con muchas de las facultades que había pedido para llevar adelante diferentes medidas de Gobierno tendientes a “salir de la emergencia económica y social en la que estamos”, según aseguró el propio mandatario nacional a través de Twitter, mientras la iniciativa era debatida.

Las quince medidas que impactaran: Bono para jubilados: Serán dos pagos de hasta $5.000, el primero el 30 de diciembre y en enero. Beneficia a quienes perciban el haber mínimo de $14.068 y hasta un tope de $19.067, para completar un nuevo piso total de $19.068. Abarca aproximadamente a 4.500.000 jubilados y pensionados. No se especificó si en febrero vuelven a los valores de noviembre o si se anticipará el ajuste trimestral por decreto, respetando el criterio de “solidaridad social”

Movilidad jubilatoria: Se suspende por 180 días el sistema de ajuste vigente desde marzo de 2018, con base el trimestre julio a septiembre de 2017 de variación de un 70% la tasa de inflación y 30% de la correspondiente a la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (Ripte). Los aumentos, en caso de haberlos, quedarán a criterio discrecional del Poder Ejecutivo. Para los casi 3 millones de jubilados y pensionados que perciben haberes superiores a $19.068 Economía no definió si tendrán aumento hasta junio. Los que cobran haber inferiores a ese monto volverían a percibir lo que se les liquidó en noviembre de este año.

IVA: Se reemplaza la rebaja a cero de la alícuota a alimentos básicos por un reintegro selectivo: a jubilados que perciben el haber mínimo y a beneficiarios de la AUH, hasta un tope de $700 por mes. Habrá reintegros de IVA de hasta $ 700 por mes para beneficiarios de la AUH y jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo

Asignación Universal por Hijo (AUH): Se pagará a todos los beneficiarios un adicional de $2.000, en diciembre y en enero.

Operaciones de ahorro y gastos en dólares: Se aplicará por hasta 5 años un recargo del 30% a la compra de moneda extranjera, incluidos los cheques de viajero y gastos de viajes en el exterior que se paguen en moneda en dólares. Se mantiene la restricción de límite máximo de compra de USD 200 mensuales para las personas humanas, con el adicional del 30% sobre la cotización de mercado, al tipo de cambio actual de $63 promedio de las entidades autorizadas, representa una paridad efectiva de compra de $81,90 por dólar. Las ventas de cambio de clientes recibirán el precio simple de mercado en pesos.

Dólar tarjeta previa a la ley: Las operaciones hechas antes de la sanción de la ley se liquidarán y pagarán al tipo de cambio de mercado, sin impuesto.

Tarifas servicios públicos: Se congelan por 180 días los cuadros tarifarios de electricidad y gas natural “de jurisdicción nacional”. Se intervienen los entes reguladores y se retoma la competencia nacional sobre las distribuidoras Edenor y Edesur, que habían sido transferidas a la Ciudad y a la provincia de Buenos Aires.

Autos: por la aplicación de alícuotas diferenciadas de impuestos internos, algunos vehículos con precio de venta al público de más de $1.829.000 tendrán aumentos que variarán según el modelo, desde 14% a 36%. El incremento puede ser levemente mayor si se tiene en cuenta que todas las unidades importadas y las autopartes pasarán a tributar una tasa de Estadística del 3%, hoy es de 2,5%. Los precios de los autos de alta gama, superiores a USD 53.600, tendrán un incremento de por lo menos 12,5%, sin computar la suba de la tasa de Estadística en el caso de las unidades ya ingresadas al país antes de la sanción de la ley.

Bienes Personales: Se aplicarán alícuotas de 0,50% a 1,25%, según el excedente de patrimonio. Las tasas se duplicarán en el caso de activos radicados en el exterior, pero se las reducirá al nivel original si esos activos son repatriados. En la medida que no se modifique el mínimo no imponible de $2 millones, no solo se pagará el doble de lo actual sino que más personas quedarán alcanzadas, al no actualizarse el mínimo no imponible por inflación.

Pymes: Se establece un plan de regularización de deudas tributarias vencidas al 30 de noviembre hasta en 120 cuotas. Se condonan los intereses hasta el 100% y, si se paga al contado, una quita del 15% en el capital.

Contribuciones patronales: Los empleadores de servicios o comercio con ventas de más de $48 millones anuales pagarán una alícuota de 20,40%, el resto el 18%. Como se baja el tope de facturación para recibir el beneficio (actualmente es de $50,95 millones en las empresas de servicios y $178,86 millones en comercio), en muchos casos implicará un aumento del costo laboral. Además, se deja sin efecto la actualización de esas bases por la inflación.

Retenciones: Se faculta al Poder Ejecutivo a aplicar derechos de exportación de hasta 33% para soja y derivados y del 15% para trigo y maíz. Los productos industriales y agroindustriales y los servicios tendrán un máximo del 5%. Respecto de los niveles vigentes al viernes 13 de diciembre, las retenciones a la soja pasarían de $14,77 a $19,74 por dólar (+33,6%) y las de trigo y maíz de $4 a $ 8,97 por dólar (+124,25 por ciento).

Impuesto a las Ganancias: Como se reduce el ajuste por inflación de un tercio a un sexto, el saldo a pagar por el corriente año fiscal será mayor.

Impuesto a la Renta Financiera: Se exime a todas las colocaciones en moneda nacional a plazo fijo y en títulos públicos.

Impuesto al Cheque: Las grandes empresas deberán tributar 0,6% adicional en los casos de retiro de dinero en efectivo de las entidades bancarias, el doble que en la actualidad. No alcanza a las personas humanas, ni a las jurídcas que revistan y acrediten la condición de micro y pequeñas empresas.

COMENTARIOS

BLOGGER: 22
  1. El gobierno popular va salir a romperle el culo a todos los argentinos. Bien por los que tienen kaka en la cabeza y los votaron

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    1. A los idiotas como vos les vamos a romer el culo y a los del campo también. Ah vos te lo rompes mutuamente con el papi

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  2. Y Vuoto no salio a decir nada, por esto?

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  3. QUE DESASTRE L YEGUA SE NEGÓ A QUE LEAN UN ARTÍCULO PORQUE ESTABA MAL Y DEBÍA VOLVER A LA CÁMARA EE DIPUTADOS... ERA UN DÍA MÁS, PERO SON TRUCHOS Y KORRUPTOS...
    ASÍ VAN A TERMINAR
    LA LEY? UNA MIERDA
    COMO TODO LO QUE TOCAN LOS KK’s

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  4. gracias genios del voto heladera !!!!!!!

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  5. No esperemos tampoco ni un acto legal de parte de los kirchneristas....

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  6. preparense a ser mas pobres no estamos en argentina estamos en cuba ahora, esta ley es ilegal por donde lo mires nos estan robando para darle la plata a los vagos qu elos votaron esos vagos que viven de subsidios planes tarjeta elminantaria y los vagos que jamas aportaron a la caja encima este ajustazo no lo pagan los jueces ni los politicos se estan vengando de la clase media vinieron por todos

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  7. esta ley no va a solucionar nada es al reves estan empeorando todo con esta ley habran mas pobres con esta ley ,es pan para hoy hambre para mañana

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  8. hdp . para que votan a esta cagada de politicos

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  9. Como buen peronista!!!

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  10. Muy bien , es lo politicamente correcto dicen los que nos ponen la bota en el cogote , congelan las tarifas a valores demenciales y cuando el acuerdo termine nos ajustaran retroactivamente sacandonos una ves mas los pocos pesos que ingresan ,hasta cuando nos dejamos arrear como corderos al corral ??? somo un pueblo pacífico decian hace tiempo atras , hoy diriamos que somos muy cagónes y cualquier perejil dispone que se hace , aunque con los calificados diputados y senadores que nos representaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaan y con el apoyo de los que tenemos aca vamos sacaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaar la porvinciaaaaaaaaaaaa adelanteeeeeeeeee , ya no habra pobres ( todos en el loquero , afuera de los súper o el cementerio = negocio redondo , no habra competencia . La obra publica para los de siempre y como siempre sobrevaluada , los que asumen seran los mismos que ayer estaban imputados , en un mes pasan de reos a señores y con toda la guita , nadie devuelve nada y una vez mas los boludos mirando si quedo algo en la olla ..

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  11. Nunca bajar el gasto público no? Siempre apretar a los laburantes, nunca tocan la suya

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  12. Y los k que nos llenaban la heladera y le sacaban el óxido alas parrilla como los cargaron

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  13. Me encanta Peronia, todos con la boca cerrada y con el culo en tierra.

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  14. ESA LEY ES INCONSTITUCIONAL!! APLAUDAN!!!

    CONSTITUCION NACIONAL ARGENTINA
    Artículo 29.
    El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria. Nacional Artículo 29 Constitución Nacional
    Lea más: https://leyes-ar.com/constitucion_nacional/29.htm

    CODIGO PENAL ARGENTINO
    ARTICULO 227. - Serán reprimidos con las penas establecidas en el artículo 215 para los traidores a la patria, los miembros del Congreso que concedieren al Poder Ejecutivo Nacional y los miembros de las legislaturas provinciales que concedieren a los Gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, la suma del poder público o sumisiones o supremacías, por las que la vida, el honor o la fortuna de los argentinos queden a merced de algún gobierno o de alguna persona (artículo 29 de la Constitución Nacional).

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    1. dALE GENIO. AHORA SE OCUPA STORCIONELI Y BONADIO

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  15. Ajuste para todos y todas. Menos para la clase política. Che, ¿los neoliberales no eran los que se fueron?

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    1. POR SUPUESTO QUE ES INCONSTITUCIONAL,PERO DESPUÉS DE VER LOS EXCEPTUADOS PARA LA MOVILIDAD JUBILATORIA NO CREO QUE HAYA UN SOLO JUEZ QUE DIGA ESO. POR ESO SI NOSOTROS NO SALIMOS A PEDIR EXPLICACIONES POR LA MISERIA QUE NOS CONDENAN A ASUMIR NO LE PIDAMOS PERAS AL OLMO. LCS

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  16. A OJOS VISTA SALTA QUE SON UNOS TERRORISTAS IMPROVISADOS Y QUE EL POBRE ALBERTO ES UNA SIMPLE MARIONETA ALQUILADA PARA DAR LA CARA...(APARTE DE SU FRAGILIDAD INTELECTUAL Y SUS CARENCIAS NOTABLES DE EDUCACIÓN, BUENAS COSTUMBRES Y RESPETO...

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  17. QUE OTRA COSA PODES ESPERAR DE BURROS LADRONES

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Aprobaron la ley de Emergencia Economica
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