La Sala Civil de la Cámara de Apelaciones revocó el fallo de la Juez en lo Civil, Silvia Herráez, mediante la cual ordenaba a la Legislatura...
La Sala Civil de la Cámara de Apelaciones revocó el fallo de la Juez en lo Civil, Silvia Herráez, mediante la cual ordenaba a la Legislatura reglamentar, en un plazo razonable, el artículo 207 de la Constitución Provincial que habla sobre la iniciativa popular para la presentación de proyectos de ley.El fallo de los camaristas Francisco de la Torre y Ernesto Löffler, echa por tierra la orden de la Jueza de primera instancia, porque hubiera implicado esperar más tiempo para que los ciudadanos puedan hacer uso del derecho que exigen y, por el contrario, suplieron la falta de la reglamentación del articulado de la carta magna provincia, con la aplicación de la ley nacional que reglamenta la “iniciativa popular” establecida en la Constitución Nacional.La sentencia fue apelada por la Legislatura, en el entendimiento que la decisión de la Jueza violaba la división de poderes, inmiscuyéndose en una competencia exclusiva del Poder Legislativo y que la resolución debía ser en el sentido de declarar la responsabilidad del Estado por omisión.
La causa se inicio tras la presentación efectuada por dos vecinos que en el año 2006 pretendían ejercer el derecho de la “iniciativa popular” para la presentación de proyectos de ley, pero se vieron impedidos en el hecho que el articulado no cuenta con la reglamentación exigida, a pesar de haber transcurrido 15 años de su sanción.
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